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Secretaría de Movilidad y Transporte desacata Amparo y confunde el servicio de Uber con el de #taxi, realiza decomisos ilegales

🚨En Chiapas no respetan la ley, amparo federal🚨
🚨🚨 INFORMATE PRIMERO antes de detener un vehículo particular 🚨🚨
Los Uber señores no son taxis🚨
DÉCIMO. PUBLICACIÓN Y CAPTURA DE
SENTENCIA.
Con fundamento en los artículos 30 y 41 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública en el Consejo, publicado el 6 de septiembre de 2019, se ordena elaborar y capturar la versión pública de la presente sentencia al Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes.
Por lo expuesto, fundado y con apoyo además en los artículos 73, 74, 75, 76 y 217 de la Ley de Amparo, se resuelve:
PRIMERO. LA JUSTICIA DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A UBER MÉXICO TECHNOLOGY & SOFWARE SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra los actos reclamados al Congreso del Estado de Chiapas, Gobernador del Estado de Chiapas
y Titular de la Secretaría de Movilidad y Transporte, por los motivos, fundamentos y efectos expuestos en los considerandos séptimo y octavo de esta sentencia.
SEGUNDO. Con motivo de la declaración de
inconstitucionalidad de la Ley de Movilidad y Transporte del estado de Chiapas, publicada en el periódico oficial de dicha entidad federativa, el 28 de octubre de 2020, como
sistema normativo los efectos son para:
Que no sea aplicada, en lo presente y en lo futuro, a UBER MÉXICO TECHNOLOGY & SOFWARE SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, como sistema normativo, todo el contenido de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Chiapas.
Al ser concederse el presente amparo, a la luz de que fue promovido a través de una persona que acreditó un interés legítimo, lo que implica que se trató de derechos supraindividuales, SE HACE EXTENSIVA LA PROTECCIÓN
CONSTITUCIONAL A LOS REPRESENTANTES LEGALES, SOCIOS, TRABAJADORES DE LA QUEJOSA A LOS SOCIOS COMERCIALES,
CONDUCTORES INSCRITOS EN SU PLATAFORMA TECNOLÓGICA Y USUARIOS, PRESENTES Y FUTUROS, a fin de que no sea aplicado en su perjuicio todo el sistema normativo de la Ley de Movilidad y Transporte del estado de Chiapas. Esto con la finalidad de que tenga sentido y una real funcionalidad y
operatividad la plataforma tecnológica con la que realiza sus actividades la impetrante de amparo.
Tux-chiapas Uber